Diferencias entre Tercería de Dominio y Tercería de Mejor Derecho
En esta nueva entrada, vamos a centrarnos en un tema recurrente para los cuerpos de justicia y similares, dentro del tema sobre la ejecución, en concreto las Tercerías de Dominio y las de Mejor Derecho. La Tercería de Dominio ocurre cuando, en medio de un procedimiento de ejecución, se embarga un bien considerando que era del ejecutado, cuando en realidad es de un tercer poseedor. (un ejemplo cutre sería que, al entrar en una casa, encuentran un ordenador portátil que le ha prestado un amigo y lo embargan pensando que pertenece al ejecutado). La Tercería de Mejor derecho, por contra, tiene relación con el embargo de bienes inmuebles, que se hace constar en el Registro de la Propiedad a través de letras (A,B..Z), según el orden de presentación. Esto es posible por ejemplo si hipotecases tu casa (A), y la volvieses a hipotecar (B), y luego te embargan. La peculiaridad consiste en que este orden de prioridad puede cambiar cuando en virtud de Sentencia o de la naturaleza del crédito ten